A/HRC/WGEID/125/1
octubre de 2002 y mayo de 2003 por personal desplazados y desaparecidos en Chameza
Casanare.
(c)
El día 11 de enero de 2021 mediante oficio 0088 se solicita a la FGN brinde
información si adelanta o adelanto investigación penal por los hechos acaecidos en octubre
de 2002 y mayo de 2003 por personal desplazados y desaparecidos en Chameza Casanare.
(d)
El día 07 de abril de 2021 mediante oficio 1811 se solicita a la Fiscalía brinde
información si adelanta o adelanto investigación penal por los hechos acaecidos en octubre
de 2002 y mayo de 2003 por personal desplazados y desaparecidos.
(e)
El día 05 de marzo de 2018 mediante oficio NO. SIM-418-2018 la
Procuraduría General de la Nación, coordinador grupo de dirección control y administración
funcional, informa que una vez verificada la base de datos no se encontraron registros sobre
interposición de quejas, peticiones o solicitudes ni de iniciación de actuaciones de oficio de
carácter disciplinario.
66.
Las anteriores actividades dan cuenta del firme compromiso del Ejército Nacional,
con el esclarecimiento de los hechos que la comunidad de Recetor y Chameza han
denunciado, y en los cuales la Fuerza pública no ha tenido relación.
67.
Por su parte, la Procuraduría General de la Nación destaca que una vez adelantada
la búsqueda en la base de datos de los sistemas de información GEDIS y SIM, no se
encontraron registros sobre interposición de quejas, peticiones o solicitudes, ni de iniciación
de actuaciones de oficio de carácter disciplinario con los datos aportados en su comunicación.
E.
Sírvase describir si se han adoptado políticas para la reparación integral de los
familiares de las personas desaparecidas, incluyendo programas para posibilitar su
retorno, así como el del resto de la población regional desplazada forzosamente.
Asimismo, si se han elaborado políticas públicas para la memorialización de las graves
violaciones a los derechos humanos ocurridas, en particular en relación con el alegado
uso de escuelas como centros de tortura de las personas que eran secuestradas.
68.
Desde la Dirección Técnica de Construcción para la Memoria Histórica (DCMH) del
CNMH, se informa que las comunidades de Chámeza y Recetor cuentan, cada una, con un
Plan Integral de Reparación Colectiva (PIRC) en ejecución por parte de la Unidad para la
Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV). Las medidas de satisfacción de esos
planes relacionadas con ejercicios de memoria fueron atendidas por la Estrategia de
Reparaciones de la mencionada dirección técnica. Estos procesos ya se cerraron y como
resultado tuvo el desarrollo del informe (https://centrodememoriahistorica.gov.co/chamezamemorias-de-la-sal-que-nos-dio-la-vida/) y el documental “Recetor, sembramos con amor el
territorio de paz”
(https://www.youtube.com/watch?v=EX17WE6OCQ4).
69.
Por su parte la UARIV, sobre el particular, destaca lo siguiente:
70.
Reparación Integral: ElS Estado colombiano, a través de la Ley de Víctimas y
Restitución de Tierras, Ley 1448 de 2011, incorporó un programa administrativo de
reparación integral. Dicho programa, es único en el mundo y comprende el desarrollo de
diferentes medidas, tales como indemnización, satisfacción, restitución, rehabilitación y
garantías de no repetición.
71.
El Estado, a través de la Unidad para las Víctimas, otorga medidas individuales o
colectivas. En el ámbito individual, está la Indemnización administrativa individual a las
víctimas, como medida de compensación económica por los hechos victimizante sufridos, y
en el ámbito colectivo, las medidas de Reparación Colectiva, reparación que comprende
cinco fases, cuyas acciones son validadas y desarrolladas de manera conjunta con la
comunidad y/u organizaciones.
72.
Durante el periodo comprendido entre los años 2014 a marzo de 2021, la Unidad para
las Víctimas indemnizó individualmente a 12.490 personas por un monto de 129.850.609.538
de pesos (36.030.349 dólares), y adelanta un plan integral de reparación colectiva con una
organización de desaparición forzada, encontrándose en fase de diseño y formulación del
Plan.
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